Resolución 1668/2026, 21 de octubre de la Rectora de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca el proceso selectivo para la contratación como personal indefinido de un técnico con cargo a financiación externa de carácter finalista del Proyecto de referencia SHIELD4GRAPE, titulado: 'Breeding and integrated pest management strategies to reduce reliance on chemical pesticides in grapevine'.
Denominación del puesto: Técnico del Proyecto de referencia SHIELD4GRAPE, titulado: 'Breeding and integrated pest management strategies to reduce reliance on chemical pesticides in grapevine'.
1. Objeto
Esta convocatoria tiene como objeto cubrir un puesto de trabajo, mediante contratación laboral a tiempo completo, dentro del proyecto de investigación de referencia SHIELD4GRAPE, titulado: 'Breeding and integrated pest management strategies to reduce reliance on chemical pesticides in grapevine', que cuenta con financiación externa proveniente de European Research Executive Agency (REA).
La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 03.07.24.01.01 500I 640.00 y 03.07.24.01.01 500I 640.01 del presupuesto de gastos. La distribución estimativa por aplicaciones presupuestarias es la siguiente:
2026 03.07.24.01.01 500I 640.00 ........3.225 euros
2026 03.07.24.01.01 500I 640.01...... 1.034 euros
2027 03.07.24.01.01 500I 640.00 ......25.800 euros
2027 03.07.24.01.01 500I 640.01....... 8.274 euros
2028 03.07.24.01.01 500I 640.00...... 3.846 euros
2028 03.07.24.01.01 500I 640.01 ..........720 euros
2. Condiciones del contrato
2.1.- El contrato se enmarcará dentro del proyecto de investigación de referencia SHIELD4GRAPE, titulado: 'Breeding and integrated pest management strategies to reduce reliance on chemical pesticides in grapevine'.
2.2.- La dedicación del contrato será a tiempo completo.
2.3.- La duración del contrato será indefinida.
2.4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las causas de extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del contrato, abonándose en tal caso una indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
2.5.- La dotación asignada al contrato objeto de la presente convocatoria es de 42.900 euros brutos, estando incluida en dicha cuantía el salario, las obligaciones tributarias y las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo de la Universidad de La Rioja (UR). En todo caso, la retribución mensual bruta no superará los 2.150 euros.
2.6.- Las funciones asignadas al candidato seleccionado serán:
a) funciones
- Screening de enfermedades fúngicas de vid in vitro y en campo.
- Cultivo in vitro de genotipos seleccionados
- Evaluación de estrategias de control de enfermedades fúngicas en campo.
- Identificación y cuantificación de metabolitos en muestras vegetales
- Aplicación de tecnologías -ómicas al estudio de la interacción vid-oídio
- Tratamiento y análisis de datos y elaboración de informes para su publicación.
b) líneas de investigación
- Genética y mejora de la vid
- Genética de las resistencias a enfermedades fúngicas
3. Requisitos
3.1.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en el procedimiento.
No obstante, la contratación de investigadores extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de residencia que les autorice a residir y trabajar en España al amparo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones reglamentarias de aplicación.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones. En caso de los nacionales de un Estado de los detallados anteriormente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
e) Estar en posesión del título de: Máster en Bioinformática, Máster en Mejora Genética Vegetal, Máster en Patología Vegetal, Máster en Biología vegetal o equivalente
f) Será necesaria la homologación o declaración de equivalencia de los títulos obtenidos en el extranjero.
3.2.- Los requisitos y méritos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de lo establecido en el artículo 3.1.a) que deberá cumplirse según lo dispuesto en el punto 8.1.e).
4. Formalización de solicitudes
4.1.- Los impresos de solicitud estarán a disposición de los interesados en el Servicio de Gestión de Investigación de la UR (Avenida de la Paz 93 - 103, 26006 Logroño) y en la página web de la UR:
( https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la-investigacion/contrato-cargo-a-proyectos/ )
4.2.- La presentación de solicitudes se dirigirá al Vicerrectorado con competencias en materia de investigación y deberán presentarse mediante las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico de la UR a través del procedimiento de Instancia General ( https://sede.unirioja.es/portal/procedimientos/instancia-general ) de la Sede Electrónica en el que se adjuntará la documentación señalada en la convocatoria
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
4.3.- La solicitud irá acompañada de los documentos siguientes debidamente cumplimentados:
a) Datos de identidad del interesado. Con la participación en el proceso selectivo se presumirá la autorización para que la UR recabe los datos de identidad del solicitante, salvo que se haga constar su oposición expresa, en cuyo caso, deberá aportar copia del DNI.
b) Copia del pasaporte (vigente) en caso de que la solicitud se presente con este documento identificativo.
c) Fotocopia del título académico requerido en el apartado 3.1.e). En el caso de titulaciones extranjeras los candidatos deberán presentar o fotocopia de la credencial de homologación o certificado de equivalencia del título académico requerido en el apartado 3.1.e).
d) Currículum vitae del solicitante en el que consten los méritos que posee el candidato, acompañado de los documentos que los justifiquen.
e) Traducción jurada de la documentación presentada si no está en español o inglés.
4.4.- El solicitante deberá acreditar estar en posesión de los requisitos exigidos y de los méritos alegados en la presente convocatoria en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes a excepción de lo establecido en el artículo 3.1.a) que deberá cumplirse según lo dispuesto en el punto 8.1.e).
5. Admisión de solicitudes
5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Vicerrectorado con competencias en materia de investigación dictará una resolución que aprobará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación en su caso de las causas de exclusión.
Esta resolución se publicará en el tablón oficial electrónico de la UR dentro de la sección investigación, surtiendo todos los efectos inherentes de la notificación a los interesados. Asimismo, a efectos informativos, dicha lista provisional será publicada en la página web de la UR: ( https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la-investigacion/contrato-cargo-a-proyectos/ )
5.2.- Los interesados cuyas solicitudes hayan resultado excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución en el tablón oficial electrónico de la UR dentro de la sección investigación, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, caso de que sea subsanable.
5.3.- Los solicitantes a los que hace mención el párrafo anterior serán definitivamente excluidos si dentro del plazo señalado no subsanaran el defecto que ha motivado su exclusión o alegaran la omisión. Transcurrido el plazo de subsanación el Vicerrectorado con competencias en materia de investigación dictará resolución en la que se aprobará la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas que se publicará de acuerdo con el procedimiento indicado para la lista provisional.
6. Selección
6.1.- La selección de candidatos será realizada por una Comisión que estará formada por [nombre omitido], investigadora principal del proyecto de investigación, Marta Dizy Soto y [nombre omitido], profesoras del Departamento de Agricultura y Alimentación y Química. Como miembro suplente, [nombre omitido], del ICVV. La Comisión se reserva el derecho de entrevistar a los candidatos.
6.2.- La selección se realizará teniendo en cuenta la valoración de los siguientes méritos de acuerdo con lo establecido en el punto 1 de la convocatoria:
a) Formación en el ámbito de la interacción planta-patógeno (5)
b) Experiencia previa en manejo de enfermedades en plantas (hasta 10)
c) Experiencia previa en análisis multi-ómicos: RNA-seq; miRNA-seq, proteómica y metabolómica en plantas (hasta 25).
d) Participación en proyectos de investigación en interacción planta/patógeno (hasta 15)
e) Publicaciones en el ámbito del mildiu/oídio de la vid, metabolómica y/o expresión génica en plantas (hasta 15 puntos)
f) Comunicaciones a congresos nacionales e internacionales en resistencia a estreses bióticos y abióticos (hasta 10 puntos).
g) Becas y contratos de investigación en el área de la interacción planta/patógeno (hasta 10)
h) Entrevista (hasta 10 puntos)
Los méritos alegados en el currículum que no hayan sido justificados documentalmente en el momento de la presentación de la solicitud no serán tenidos en cuenta para la valoración.
6.3.- Posteriormente el Servicio de Gestión de Investigación remitirá a la Comisión las solicitudes presentadas y aquella documentación de interés a la que haya dado lugar la convocatoria.
6.4.- La Comisión se reunirá en sesión ordinaria para la aplicación de los criterios específicos de valoración a las solicitudes presentadas. Asimismo, elaborará el orden de prelación de las mismas.
6.5.- Si después de aplicar la baremación en los apartados anteriores, los tres primeros candidatos se diferenciaran por menos de 10 puntos se procederá a realizar una entrevista a efectos de valorar y dirimir cuál de ellos se adecua mejor a la plaza convocada.
6.6. El aspirante que mayor número de puntos obtenga será el candidato propuesto para formalizar el contrato.
6.7.- La Comisión de Selección remitirá al Servicio de Gestión de Investigación el orden de prelación de los candidatos admitidos.
7. Adjudicación del puesto de trabajo
7.1.- Finalizado el proceso, la Comisión adjudicará el puesto convocado a quien haya obtenido la mayor puntuación. La adjudicación del puesto se publicará en la página web de la Universidad ( https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la-investigacion/contrato-cargo-a-proyectos/ .)
7.2.- La Comisión de Selección podrá optar por dejar desierto el puesto si, a su juicio, ningún candidato reúne los méritos necesarios para la obtención del mismo. En todo caso, y fundamentalmente si el puesto queda desierto, este acto de la Comisión deberá motivarse, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3.- La renuncia o baja del beneficiario podrá ser cubierta por otro candidato admitido a la misma convocatoria, debiéndose respetar en todo caso el orden de prelación establecido por la Comisión.
7.4.- Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán interponer recurso de alzada ante el Rectora de la UR en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el tablón oficial electrónico de la UR dentro de la sección investigación.
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos de la propuesta de la lista, salvo que el Rectora, mediante resolución expresa aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación o aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de motivos de nulidad de pleno derecho. A tal fin, se podrá formalizar contrato de trabajo, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pueda acarrear la extinción automática de la relación contractual.
8. Presentación de documentos
8.1.- El aspirante propuesto para cubrir el puesto deberá presentar en el Servicio de Gestión de Personal y Retribuciones, con carácter previo a la fecha fijada para el inicio de la actividad, los siguientes documentos:
a)Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
b)Declaración responsable de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que le imposibilite el desempeño de las correspondientes funciones.
c)Fotocopia de la cartilla de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social, en su caso.
d)Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.
e)Los extranjeros no comunitarios deberán haber obtenido con carácter previo a la firma del contrato la correspondiente autorización de residencia o permiso de trabajo, pudiéndose demorar su formalización hasta su obtención. En el caso que no se obtenga dicha autorización o permiso en el plazo de dos meses y por tanto no pueda formalizarse el contrato, se perderá el derecho al mismo y se podrá proceder al llamamiento del suplente correspondiente o, en su caso, declarar desierto el procedimiento.
En el caso de contratos con extranjeros no comunitarios, podrán incluirse cláusulas relativas a la duración del contrato que vinieran motivadas en el documento de autorización de residencia o permiso de trabajo.
f)Original del título académico requerido en el apartado 3.1.e). No será necesario en el caso de que dicho título haya sido expedido por la UR o en aquellos casos en que se haya aportado anteriormente en cualquier tipo de procedimiento ante la UR. En este último caso los interesados deberán indicar esta circunstancia en la solicitud e identificar el procedimiento anterior. Excepcionalmente, si no se pudiera recabar algunos de los citados documentos, el servicio de Gestión de la Investigación podrá solicitar nuevamente su aportación al interesado.
8.2.- Quienes, dentro del plazo establecido en el punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, se les declarará decaídos en su derecho a contratación, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Disposición adicional primera. Práctica de las notificaciones
A excepción de aquellos actos sujetos a publicación, el resto de actos administrativos que se dicten durante el proceso selectivo, incluidos los que se dicten como consecuencia de la interposición y resolución de recursos administrativos contra actuaciones del proceso de selección, se notificarán obligatoriamente por medios electrónicos. Dichas notificaciones electrónicas se entenderán rechazadas cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición en la sede de las mismas sin que se acceda a su contenido.
Disposición adicional segunda. Protección de datos de carácter personal
1.- Los datos personales recogidos con motivo de la presentación de la solicitud de estas ayudas serán tratados con la estricta finalidad de la concesión y gestión de las mismas, ateniéndose a las bases de la correspondiente convocatoria.
Asimismo, se informa de que los datos tratados no serán cedidos salvo los casos previstos legalmente, con especial atención a las obligaciones contenidas en atención al cumplimiento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y de la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
2.- Se informa igualmente de que, en cumplimiento de la normativa citada, si la información personal tratada contuviera datos especialmente protegidos, la publicidad solo se llevará a cabo previa disociación de los mismos.
3.- La publicación de la resolución se llevará a cabo bajo el estricto respeto de la normativa de protección de datos.
4.- Los candidatos que soliciten estas ayudas y participen en el proceso correspondiente podrán ejercer frente a la UR, responsable del tratamiento de sus datos personales, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los mismos, de lo que serán informados en los correspondientes impresos habilitados al efecto.
Disposición adicional tercera. Uso del lenguaje no sexista
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, toda referencia a cargos personas o colectivos incluida en este documento en masculino, se entenderá que incluye tanto a mujeres como a hombres.
Disposición adicional cuarta. Recursos contra la convocatoria
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Logroño.
No obstante, se podrá interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rectora, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
Disposición adicional quinta. Competencia
Queda habilitado el Vicerrector con competencias en materia de investigación para resolver cualquier duda o incidencia que pueda surgir en la interpretación y aplicación de estas normas.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente convocatoria entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 21 de octubre de 2026.- La Rectora, [nombre omitido].