Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el proceso selectivo convocado por esta Administración Autonómica por Resolución de 24 de julio de 2025 (BOPA de 30/07/2025), para la provisión de 48 plazas de la categoría de Titulado/a Grado Medio (Enfermero/a), en turno de promoción interna ordinario, turno de promoción interna de personas con discapacidad, turno de acceso libre ordinario y turno de acceso libre de personas con discapacidad, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de los años 2022 (BOPA de 30/12/2022) y 2023 (BOPA de 28/12/2023) de la Administración del Principado de Asturias, sus Organismos y Entes Públicos por el procedimiento de concurso-oposición, teniendo en cuenta los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—A tenor de lo dispuesto en las bases de la citada convocatoria los/as aspirantes propuestos han presentado la documentación exigida en la base duodécima de dicha convocatoria en orden a su propuesta de contratación de carácter fijo.
La aspirante [nombre omitido], con DNI [DNI omitido], ha sido declarada decaída en derecho a la contratación laboral fija mediante Resolución de fecha 13 de octubre de 2026, por no cumplir uno de los requisitos exigidos en las bases generales que rigen esta convocatoria.
Segundo.—Los/as restantes aspirantes acreditan que cumplen con los requisitos señalados en la base duodécima de la convocatoria del proceso selectivo.
Fundamentos de derecho
Primero.—Conforme establece el art. 14.c) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, corresponde a la Consejería competente en materia de empleo público la contratación del personal laboral fijo.
Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias, firmado el día 5 de julio de 2005, la Administración una vez resuelto el procedimiento selectivo se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos.
Tercero.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer público en el portal de transparencia (artículo 11) “los procesos de selección del personal y provisión de puestos de trabajo. En especial, se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes.”
A tal efecto, se ha de dar traslado de esta Resolución a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, a fin de que, a través su Servicio competente en materia de transparencia, se disponga lo necesario para la publicación de esta Resolución en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias, tal y como dispone el artículo 18.2 b) de la citada Ley 8/2018.
En base a lo expuesto, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Concertar contrato de trabajo de carácter fijo con los/as trabajadores/as que figuran en el anexo que acompaña a esta Resolución y adjudicar los destinos, que tendrán el carácter de definitivos, en los Concejos, Consejería y Organismo Autónomo que se citan en el mismo.
Segundo.—Una vez publicada la adjudicación de destino, la Administración procederá en un plazo máximo de 7 días a la firma del contrato, según establece el artículo 43.8 del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración del Principado de Asturias.
Tercero.—Dejar sin efecto las actuaciones referidas a la contratación laboral fija, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría de Titulado/a Grado Medio (Enfermero/a), de la aspirante referida en el antecedente de hecho primero de esta Resolución.
Cuarto.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente a esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrán interponer la correspondiente demanda ante los juzgados de lo social que correspondan a su centro de trabajo o, a su elección, los que correspondan a su domicilio si éste radica en el Principado de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución. Ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime procedente.
Oviedo, a 15 de octubre de 2026.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por delegación (Resolución de 2/04/2024, BOPA de 9/04/2024), el Director General de Empleo Público.—Cód. 2026-08492.